CONFIRMACIÓN

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

¿HAY QUE ESTAR CONFIRMADO PARA PODER CASARSE POR LA IGLESIA?
NO. No es condición obligatoria haber recibido el sacramento de la confirmación para casarse por la Iglesia pero sí es muy recomendable.
Para casarse por la Iglesia es imprescindible que al menos uno de los contrayentes esté bautizado, pero no lo es el haber recibido el sacramento de la confirmación, ni siquiera el de la Eucaristía.
Respondido esto, hay que añadir que cuando uno se prepara para el sacramento del matrimonio debería, si no está confirmado, poner todos los medios disponibles a su alcance para recibir el sacramento antes de casarse.
 
· ¿Por qué es muy recomendable estar confirmado para casarse?
CATECISMO 1285: “Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los “sacramentos de la iniciación cristiana”, cuya unidad debe ser salvaguardada. Es preciso, pues, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal (cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 1). En efecto, a los bautizados “el sacramento de la Confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma quedan obligados aún más, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras” (LG 11; cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 2)”.
 
· EFECTOS del sacramento de la Confirmación:
CATECISMO 1303: ” Por este hecho, la Confirmación confiere crecimiento y profundidad a la gracia bautismal:
— nos introduce más profundamente en la filiación divina que nos hace decir “Abbá, Padre” (Rm 8,15).;
— nos une más firmemente a Cristo;
— aumenta en nosotros los dones del Espíritu Santo;
— hace más perfecto nuestro vínculo con la Iglesia (cf LG 11);
— nos concede una fuerza especial del Espíritu Santo para difundir y defender la fe mediante la palabra y las obras como verdaderos testigos de Cristo, para confesar valientemente el nombre de Cristo y para no sentir jamás vergüenza de la cruz (cf DS 1319; LG 11,12):
«Recuerda, pues, que has recibido el signo espiritual, el Espíritu de sabiduría e inteligencia, el Espíritu de consejo y de fortaleza, el Espíritu de conocimiento y de piedad, el Espíritu de temor santo, y guarda lo que has recibido. Dios Padre te ha marcado con su signo, Cristo Señor te ha confirmado y ha puesto en tu corazón la prenda del Espíritu» (San Ambrosio, De mysteriis 7,42).”
 
· CATECISMO:
1304 La Confirmación, como el Bautismo del que es la plenitud, sólo se da una vez. La Confirmación, en efecto, imprime en el alma una marca espiritual indeleble, el “carácter” (cf DS 1609), que es el signo de que Jesucristo ha marcado al cristiano con el sello de su Espíritu revistiéndolo de la fuerza de lo alto para que sea su testigo (cf Lc 24,48-49).
1305 El “carácter” perfecciona el sacerdocio común de los fieles, recibido en el Bautismo, y “el confirmado recibe el poder de confesar la fe de Cristo públicamente, y como en virtud de un cargo (quasi ex officio)” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae 3, q.72, a. 5, ad 2)