BAUTISMO

10 PREGUNTAS SOBRE LOS PADRINOS DE BAUTISMO

Tendremos como referencia lo que establece el Código de Derecho Canónico.

1.- ¿Pueden ser padrinos o madrinas sólo dos hombres o dos mujeres a la vez?
No

2.- ¿Se puede tener un solo padrino o una sola madrina?


3º.- ¿Puedo elegir a un hermano como única persona padrino de mi hijo, sin tener mi hijo madrina?
Sí, si reúne los requisitos admitidos para serlo.

El canon 873 establece el número y sexo de los padrinos.
· Canon 873: “Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una”.
Conforme a este canon, por tanto, la Iglesia no autoriza a que dos personas del mismo sexo actúen como padrinos o madrinas a la vez y sí a que se pueda tener un solo padrino o una sola madrina.
El canon 874 establece los requisitos para ser admitido como padrino.
· Canon 874 § 1: Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:
1º. haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla;
2º. haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una excepción;
3º. sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;
4º. no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;
5º. no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.
§ 2: El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo.

4.- ¿Un/a menor de 16 años puede ser padrino/madrina?.
No.

5.- Una persona que no sea católica o sea ateo o agnóstico ¿Puede ser padrino?
No. El padrino siempre tiene que ser católico.

6.- Los padrinos ¿Tienen que estar confirmados?
Sí.

7.- ¿Los padres pueden ser padrinos de sus hijos?
No.

8.- ¿Un divorciado/a puede ser padrino o madrina de bautismo?
Una persona divorciada puede ser padrino o madrina siempre y cuando no esté conviviendo como pareja con otra persona y/o que no se haya casado nuevamente sólo por lo civil.

8.- ¿Un homosexual puede ser padrino?
Por el mero hecho de ser homosexual nadie está excluido de poder ser padrino (o madrina).
La persona que está conviviendo con otra persona como pareja sin estar casado por la Iglesia, no puede ser padrino/madrina, independientemente de que tenga, o no, tendencia homosexual, por considerarse que no lleva una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir.

9.- ¿Los padrinos de bautismo tienen que ser pareja entre ellos?
No, no es necesario que sean pareja entre ellos. Sí es necesario que si viven en pareja con otras personas estén casados por la Iglesia. Si viven juntos con sus respectivas parejas pero no están casados por la Iglesia o sólo están casados por lo civil, entonces no pueden ser padrinos.

10.- ¿Es posible renunciar como padrino de quien se apadrinó? ¿Y revocar el nombramiento de un padrino o madrina?
No, no es posible. Ninguna de las dos es posible.
La responsabilidad de ser padrino/madrina no se puede anular ni por las circunstancias ni por el tiempo. Tampoco la Iglesia autoriza a dejar constancia de esa renuncia en ningún libro de registros sacramentales y tampoco el derecho canónico prevé la revocación del nombramiento.
Ser padrino o madrina es un hecho histórico que no se puede anular ni corregir, ya que con ello estaríamos tergiversando lo que realmente ocurrió.
Siempre hay que tener en cuenta que ser padrino o madrina no es un derecho, sino una responsabilidad delegada de la Iglesia y que se concede a aquellas personas que cumplen los requisitos establecidos.